Primero de todo me gustaria comentar que como ya he dicho en anteriores
ocasiones no soy ni gestor, ni empleado del Ministerio de Hacienda , ni
nada que se le parezca, simplemente me he ido informando del tema hasta
que he llegado a estas conclusiones que espero que sean las verdaderas.
LEY DE APUESTAS
Con la
llegada de la nueva Ley de APuestas que entró en vigor el pasado Junio
todas las casas que quisieran tener actividad en España tenian que
adquirir una licencia .es y acogerse a la legislación española y
declarar al Ministerio de Hacienda sus ganancias.
Con esto, de
rebote , los jugadores pasaban a tener que registrarse de nuevo en estas
, aceptando que nuestros movimientos puedan ser dados al Ministerio de
Hacienda y así tambien tener la obligatoriedad de declarar nuestras
ganancias ( esto ya era así anteriormente )
Según he leido y me
han comentado en distintos chats de casas de apuestas, estas informaran
de nuestras cuentas tan solo a la DGOJ , pero si que tienen la
obligación de darle está información tambien a Hacienda si se la
solicitan .
QUE HAY QUE DECLARAR ?
Como se
ha publicado recientemente en el BOE y todo hacia presagiar , tan solo
estamos en la obligatoriedad de declarar las verdaderas ganancias (
ganancias patrimoniales ) que hemos tenido en un perido impositivo
permitiendonos utilizar las perdidas ( no usando estas como perdida
patrimonial , ahí venia el error que nos ha perseguido durante meses ) .
Para calcular nuestra ganancia patrimonial tenemos que usar la siguiente fórmula
SALDO A 31 DICIEMBRE - SALDO a 1 ENERO + RETIRADAS ANUALES - INGRESOS ANUALES
Ejemplo: 1000 - 300 + 700 - 500 = 900 euros de ganancias
A
la pregunta que hace mucha gente de si tengo varias cuentas... la
respuesta es clara SIIII, se tiene que hacer esta operación en todas las
casas y con los totales mirar si sale positivo o negativo.
Si es positivo A DECLARAR , si es negativo... ya has perdido... que más vas a pagar ??
Ya
sé que hay gente que dirá que como vamos a contar los saldos de las
casas si ese dinero es ficticio, pero hay que hacerlo porque si no fuera
así y tuvieramos entre Retiros/Ingresos un +500 con hacer el último dia
del año un ingreso por ese valor ya estabamos a 0 y nunca tendriamos ni
ganancias ni perdidas.
QUIEN TIENE QUE DECLARAR ?
1 )LAs que superen los 22.000 euros de un solo pagador ( para quien le cuesta entender .. de un trabajo )
2
) LAs que superen los 11.200 euros de varios pagadores , si el segundo
pagador supera los 1500 ( para quien le cueste entender... 2 trabajos o
mas, 1 trabajo y el paro , etc. )
3 )Las que superen los 1600
euros de GANANCIAS PATRIMONIALES sujetos a retencion ( para quien le
cueste entender .... acciones, por ejemplo )
4 )LAs que superen
los 1000 euros de GANANCIAS PATRIMONIALES sin retencion ( para quien le
cueste entender.... LAS APUESTAS , POKER , etc ).
SIEMPRE QUE SE CUMPLA UNO DE ESTOS CASOS ESTAS OBLIGADO A HACER LA DECLARACION
Cuando
sepamos en que categoria estamos y si estamos obligados a hacerla lo
siguiente que se debe hacer es calcular si tenemos beneficios en el
juego para en caso de ser así incluir este en la casilla 300 de la
Declaracion de la Renta ( apartado GANANCIAS PATRIMONIALES )
En
el caso de que vuestros padres ( queridos estudiantes ) os incluyan en
su Declaración para beneficiarse de los 1836 euros que les desgrava por
hijo ( 50% para padre y 50 % para madre ) vuestras ganancias deberian
ser incluidas en su declaracion con lo que eso les conlleva. SI TENEIS
+25 TRANQUILOS NO ESTAIS EN SU DECLARACION
COMO INFLUYE LAS GANANCIAS PATRIMONIALES EN LA DECLARACION?.
LAs
Ganancias Patrimoniales ( que ya he dicho que van en la casilla 300 )
se suman a la base imponible de la persona ( esto es lo que resulta de
nuestras ganancias - cotizaciones a la Seg Social, etc - Reduccion
General de rendimientos de trabajo )
Una vez que se tiene esa
cantidad ya se hacen las deducciones dependiendo de cada persona (
minimo vital , Deducciones por vivienda , etc ) y ya por ultimo
dependiendo de las retenciones que tengamos en nuestro trabajo pues nos
saldrá a pagar o devolver en cada caso particular.
Una duda
que tiene mucha gente en cuanto al MINIMO VITAL ( 5151 euros ) esto es
que en todas las declaraciones se resta de la base imponible esta
cantidad, logicamente si no llegamos a ganar eso al restarlo nos saldrá
0, de ahí el que se esté obligado pero no salga a pagar.
LA HAGO NO LA HAGO
Este apartado es para la gente que pregunta si la hace o no la hace porque lo van a pillar o no lo van a pillar.
Cada
uno puede hacer lo que quiera , pero lo que está claro que ahora mismo
tal como esta la cosa si desde Hacienda quisieran podrian ver todos
nuestros movimientos en las casas y si hemos tenido ganancias, ahora
bién lo van a hacer ? no lo sé.. y personalmente no lo creo
Cada
uno puede hacer lo que le venga en gana, si al final de año tan solo
has ganado 500 , 1000 euros a no ser que se dediquen a investigar uno a
uno dificilmente te van a pillar pues no vas a tener un incremento en
tu cuenta bancaria que les haga sospechar , pero claro con esas
cantidades tampoco va ser nada lo que te va a afectar en tú declaración
por lo que vale más la pena incluirlas para que de aquí a 5 añitos no
tengas un requerimiento y tenga que empezar a buscar papeles
Por
último decir a todo el mundo que se baje el programa PADRE desde la
pagina de AEAT y haga sus pruebas para ver como le afectarian a él en su
declaración las " grandes " ganancias que parece ser todo la gente de
este mundillo tiene
Saludos
Al final no hay manera de escapar... hacienda siempre nos tiene controlados!
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